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Einfamilienhaus Calvià

1.595.000 €
  • Referenz
    CSA-00036
  • Schlafzimmer
    6
  • Badezimmer
    4
  • Größe
    247 mts
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  • Immobilien

    Seite 1/22 - TOTAL 264 Immobilien
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    Verkauf 14.000 €  

    Parkplatz - Palma de Mallorca (El Vivero)

    • CSA-00244
    • 20 mts
    + INFO  
    Verkauf 89.900 €  
    122.000 € - 26%

    Geschäftslokal - Palma de Mallorca (Pere Garau)

    • CSA-00241
    • 1
    • 47 mts
    + INFO  
    Verkauf 89.900 €  
    122.000 € - 26%

    Geschäftslokal - Palma de Mallorca (Pere Garau)

    • CSA-00230
    • 1
    • 47 mts
    + INFO  
    Verkauf 190.000 €  
    200.000 € - 5%

    Wohnung - Palma de Mallorca (Son Oliva)

    • CSA-00199
    • 3
    • 1
    • 94 mts
    + INFO  
    Verkauf 240.000 €  

    Geschäftslokal - Palma de Mallorca (Pere Garau)

    • CSA-00247
    • 1
    • 103 mts
    + INFO  
    Verkauf 260.000 €  

    Penthousewohnung - Llucmajor (S´Arenal)

    • CSA-00242
    • 3
    • 1
    • 119 mts
    + INFO  
    Verkauf 290.000 €  
    300.000 € - 3%

    Geschäftslokal - Palma de Mallorca (Son Armadans)

    • CSA-00058
    • 1
    • 219 mts
    + INFO  
    Verkauf 533.000 €  

    Rustikales Anwesen - Sant Joan (Sant joan)

    • CSA-00234
    • 3
    • 2
    • 200 mts
    + INFO  
    Verkauf 1.000.000 €  

    Rustikales Anwesen - Escorca (Lluc)

    • CSA-00111
    • 4
    • 2
    + INFO  
    Verkauf 1.595.000 €  

    Einfamilienhaus - Calvià (Santa Ponsa)

    • CSA-00036
    • 6
    • 4
    • 247 mts
    + INFO  
    Vermietung 750 €/Monat  

    Büro - Palma de Mallorca (Foners)

    • CSA-00246
    • 1
    • 70 mts
    + INFO  
    Vermietung 1.100 €/Monat  

    Wohnung - Llucmajor (Llucmajor (Pueblo))

    • CSA-00245
    • 3
    • 2
    • 93 mts
    + INFO  
    Carol Serrano
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    Carol Serrano

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    2023-05-11
    VENDER una vivienda puede ser agobiante, pero con esta información, espero te sea más sencillo. Quiero ayudarte a simplificar la operación, por eso, he creado esta GUÍA Gratuita para VENDER tu propiedad. No obstante, has de saber, que en el proceso de la compraventa, la ayuda de un equipo profesional experto en el sector, hará que la venta de tu Propiedad sea un éxito total. Nosotros tenemos todas las herramientas y el talento necesario para vender tu propiedad al precio más alto posible. Si contaras con nosotros, lo único que tendrás que hacer es dejarte guiar e ir a notaria a cobrar. Dicho esto, te deseo mucho éxito GUÍA Gratuita para VENDER tu propiedad. Te recomiendo siguas este PROCESO. 1. VALORA TU PROPIEDAD Definir un precio adecuado es el paso más importante y complejo para una compraventa exitosa. Y tienes que saber esta regla básica de economía: cuando existe un desajuste entre oferta y demanda, los precios varían. Si predomina la oferta de vivienda, el valor del metro cuadrado tenderá a ir a la baja; mientras que se incrementaría si predominara la demanda. Te recomiendo contactar con un agente inmobiliario experto que pueda ayudarte a estimar un rango de valores posible para vender tu vivienda ya que es algo complejo estimarlo tu mismo. Yo he tenido que hacer varios cursos de Valoración y leer mucho sobre la situación actual del mercado. Factores a tener en cuenta para estimar un valor: oferta y demanda actual, estado y características de tu inmueble, zona y ubicación, cantidad de oferta de esa zona y proximidades, etc. Recuerda, que estamos para ayudarte. A la mayoría de los propietarios les cuesta ser objetivos con el precio de su vivienda. Es lógico, todos nos encariñamos con nuestras casas y sabemos lo que nos ha costado. EVITA ESTOS ERRORES Es que a mi me costó X € Es que a mi me costó X € Es que le hice una reforma y me gasté X € Es que a mi me costó X € Es que le hice una reforma y me gasté X € Mi vecino lo vendió por X € hace un año Es que debo de hipoteca X €, etc... RECUERDA La regla básica de economía 2. PREPARA LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA Son varios los documentos que necesitas para vender tu vivienda. Algunos de ellos pueden tardar días, semanas, incluso meses, por lo que no lo dejes para último momento. ANTES O DURANTE LA VENTA Certificado de eficiencia energética Escritura de la vivienda Nota simple Último recibo del IBI pagado Estatutos y normas de la comunidad Cedula de habitabilidad, si aplica Certificado de inspección de edificios (ITE), si aplica AL ENCONTRAR COMPRADOR Contrato de arras EN EL MOMENTOS DE LA COMPRAVENTA Certificado de deudas pendientes Últimas facturas pagadas de suministros (luz, agua, etc...) Certificado de estar al día con los gastos comunitarios ATENCIÓN Si tu vivienda está vinculada a alguna herencia o a un proceso de divorcio, seguramente necesitarás otros documentos adicionales.
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    2022-06-07
    La fianza es un depósito en metálico que debe abonar el inquilino en el instante en que se formalice el contrato de alquiler. La fianza es obligatoria y trata de actuar como garantía del propietario, para que el inquilino cumpla con las obligaciones del contrato. Si eres arrendador de un inmueble en Baleares debería saber que hace ya tiempo que es obligatorio depositar la fianza del alquiler. Si vas a seguir siéndolo no debes perder de vista que la nueva Ley de la Vivienda no sólo refuerza este compromiso ante el Instituto Balear de la Vivienda (IBAB¿VI), sino que impone sanciones económica en caso de incumplimiento. La Ley de Arrendamiento Urbano establece que el arrendador deber pedir al inquilino una fianza en metálico, correspondiente a una mensualidad de renta si se trata de alquiler de una vivienda, que deber depositar ante el IBAVI hasta la finalización del contrato. La operación conlleva cumplimentar además el impreso de constitución/actualización de la fianza (F-1) y realizar el pago del depósito telemáticamente mediante tarjeta de crédito (fianzas inferiores a 3000 euros) o presencialmente, mediante el pago al banco (fianzas superiores a 3000 euros o sin tarjeta bancaria). En caso de que el contrato de arrendamiento se contemple para un uso distinto de vivienda, la cuantía de la fianza a ingresar en el IBAVO es la relativa a dosss mensualidades. El depóstio de la fianza queda constituido conforme a ley cuando el IBAVI recibe del arrendador los siguientes documentos obligatorios: - El modelo F-1 que puede cumplimentarse telemáticamente. - El justicante del ingreso o de la transferencia a la cuenta del organismo. - Copia del contrato de alquiler de la vivienda en Baleares. Los doumentos pueden presentarse en las entidades colaboradoras, en las oficinas del IBAVI, en cualquier oficina de registro de la Administración Pública y vía correo. La responsabilidad por no depositar la fianza del alquiler podrá derivar en la indemnización de daños y perjuicios a favor del arrendatario. Si el arrendador no ha depositado la fianza, la Agencia Tributaria no le va a conceder al inquilino los beneficios fiscales por deducción del alquiler, en los supuestos que procedan, ya que es una exigencia legal al previo depósito de la fianza para acogerse a estas deducciones. En el supuesto en que el arrendatario o inquilino haya pagado la fianza establecida en el contrato de arrendamiento y se vea perjudicado cuando pretende deducirse el alquiler de la vivienda y no pueda, o una vez efectuada Hacienda le envía una declaración paralela reclamándole dichas deducciones, es evidente que se ha producido una daño imputable al arrendador por incumplimiento de sus obligaciones legales lo que, según nuestra opinión, derivaría en una responsabilidad por no depositar la fianza arrendatucia con la consucuencia de daños y perjuicios. Por tanto, el inquilino podría demandar civilmente al arrendador exigiéndoles la reparación de los daños y perjuicios causados por el incumplimiento de su obligaciones. Fuente: www.gestoriafullana.com publicado marzo 2020 Puedes echar un vistazo a los siguientes enlaces web: https://www.caib.es/sites/informaciohabitatge/es/preguntas_frecuentes/ Información sobre qué contratos afecta la obligación, quién está obligado a depositar la fianza, cúal es el importe de la fianza a ingresar, cúal es el plazo para depositar la fianza, actualizaciones del depósito, cómo se puede saber si la fianza está o ha sido depositada en el IBAVI, etc... https://www.caib.es/sites/informaciohabitatge/es/inicio_fianzas_de_alquiler/ Ingresar fianzas, cancelar fianzas, actualizar fianzas  
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    2019-09-28
    Los gastos por venta de una vivienda incluyen, entre otros, los impuestos y la plusvalía. Además, si bien es cierto que el comprador es quien más sobre coste soporta, el vendedor también deberá hacerse cargo de su parte. Tanto si estás en un lado de la compraventa o en el otro, te explicamos qué es lo que tendrás que abonar. Impuestos que se pagan al vender una casa La plusvalía estatal (también llamada de hacienda o relativa al IRPF), el recibo del IBI y la plusvalía municipal, son los impuestos que se pagan al vender una casa. Aunque, todo depende de lo que se pacte entre las partes en contratos previos como el de arras o en las mismas escrituras, dónde puede especificarse quién se hace cargo de estos gastos u otros como los gastos de notaría.  La plusvalía municipal es el coste más polémico y consiste en el pago al municipio de un porcentaje sobre la diferencia entre el precio de venta del piso y el precio de compra. Sin embargo, de esto hablaremos más adelante y os contaremos con un ejemplo cómo calcular la plusvalía de la venta de un piso.  En cuanto al recibo del IBI, simplemente apuntar que deberá abonarlo el vendedor siempre y cuando corresponda al año natural en el que estemos. Nunca estará obligado a pagar el IBI del año siguiente, por muy cerca que nos encontremos. Siempre pagará el recibo del IBI quien sea propietario a 1 de enero de ese año. Es decir, si vendemos el piso a finales de diciembre de 2017, el vendedor deberá hacerse responsable del IBI del 2017 y el comprador del recibo del 2018. De la declaración del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas, tenemos que hablar ampliamente porque son muchos aspectos los que hemos de comentar. Para empezar, debes tener claro que siempre hay obligación de reflejar la venta en tu declaración anual. La razón de ser de este impuesto es gravar las ganancias patrimoniales. Por ello, se calcula aplicando un porcentaje sobre la diferencia entre el precio de venta y el de compra. ¿Y qué pasa con la variación en los niveles de precio del mercado inmobiliario? Pues bien, aunque no lo corrige totalmente, existe un coeficiente que se aplica para intentar compensar estas variaciones. Además, tanto si eres residente en España, como si no lo eres, esta cantidad debe ir reflejada en la base imponible del ahorro. Sin embargo, el 1 de enero del 2015 entró en vigor la reforma fiscal, la cual suprimió ciertos beneficios fiscales referente a la venta de una vivienda. Los coeficientes de abatimiento quedaron suprimidos y en 2016 bajaron los tipos impositivos, aunque en porcentajes muy pequeños (0,5%). Es por ello por lo que los gastos por venta de vivienda de segunda mano son mayores, comparándolos con anterioridad al 2015. Además, si tenemos en cuenta el cambio fiscal de 1995, el aumento porcentual en la factura será mayor si compraste la casa con anterioridad a 1995. ¿Y por qué? Pues porque ese año entró una reforma fiscal más agresiva sobre la tributación por venta de inmuebles. Pero no todo son malas noticias, ya que existen ciertas situaciones en las que estarás exento de incluir esta transacción en tu declaración de la renta:  Si tienes más de 65 y vas a vender tu vivienda habitual, estarás exento de incluirlo en tu declaración.  Para quienes sean menores de 65 años, sólo se estará exento si la ganancia obtenida por la venta de la vivienda se reinvierte en otra vivienda (también habitual). Obviamente, aquella ganancia sobrante que no se ha utilizado para la compra de la nueva casa, habrá que declararla.   Para el caso de una venta de vivienda no habitual, se debe declarar siempre la ganancia. La única excepción se daría cuando el propietario es mayor de 65 años y lo usa para contratar una renta vitalicia.  Por último, estarán exentos aquellos vendedores que soporten una pérdida patrimonial. Esta situación se da cuando el precio de adquisición fue mayor que el precio de venta, a lo que se le denomina «minusvalía patrimonial». Asimismo, ésta puede compensarse con los siguientes cuatro años. Pero… y exactamente, ¿cuánto se paga a hacienda por la venta de un piso en 2018? Pues va desde un 19% hasta un 24% sobre la ganancia patrimonial, en dependencia del valor total de la misma. Hasta aquí, bien ¿no? Esperamos que no sea mucha información.  ¿Cuánto paga el vendedor de plusvalía al vender una casa? Los gastos por venta de vivienda del vendedor incluyen la plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza Urbanada (IIVTU). ¿Y cuánto se paga de plusvalía al vender una casa? Pues el valor final del pago se hace teniendo en cuenta el valor catastral del inmueble y el número de años que dicho inmueble ha estado en propiedad del vendedor. Y además, este pago se basa claramente en la aplicación de un tipo impositivo sobre la plusvalía creada (valor catastral actual – valor catastral en la fecha en la que compraste el piso). La cuantía del pago ha ido en aumento los últimos años y lo ha hecho porque el valor catastral de la mayoría de las viviendas también ha aumentado, a pesar de que el precio de venta haya disminuido. Este impuesto se considera que es directo y grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbanada. Por lo tanto, es probable que, si llevas muchos años en propiedad del inmueble, el valor de éste haya aumentado y consecuentemente la plusvalía sea mayor. Por el contrario, cuanto menos tiempo tengas en propiedad el piso, menor es la probabilidad de que el valor aumente. Calcular plusvalía de la venta de un piso A la hora de calcular cuáles son los gastos al vender una casa, es frecuente encontrar personas que creen que en esta plusvalía se paga un impuesto sobre la ganancia obtenida del precio de venta menos el de compra. Sin embargo, esto no es así. Se paga un impuesto municipal sobre el aumento del valor catastral del suelo. Además, es importante saber que cada ayuntamiento tiene su ordenanza, y por ello, es mejor que consultéis qué es lo que establece en su web. Ahí encontraréis el tipo de gravamen que se aplica o las bonificaciones o reducciones que pueden ser aplicables en tu caso. Así, conseguirás saber exactamente a cuánto ascienden los gastos por venta de vivienda en 2018. Aunque lo normal es que el valor catastral del suelo esté en aumento constante, se ha comprobado que en ocasiones también disminuye. Obviamente, en los casos en los que no se produce una ganancia patrimonial porque el valor ha disminuido, no se pagará la plusvalía. Pero como esto suele suceder muy pocas veces, vamos a ver qué datos son los que necesitas para calcular la plusvalía de la venta de un piso y cómo podrás conseguirlos:  Valor catastral del suelo: puede consultarse en el último recibo del IBI o en el Catastro.  Número de años en propiedad: desde la fecha de adquisición del piso hasta la fecha de venta.  Tipo de gravamen: dependerá del municipio en el que se encuentre el inmueble. Deberás consultar la ordenanza a través de la web, o en caso de no estar disponible ahí, tendrás que acudir presencialmente a informarte.  Coeficiente de incremento o tasa de revalorización: también dependerá de la ubicación en la que se encuentre el inmueble. Puedes consultarlo en tu ayuntamiento o en el Catastro. Debes saber que cuantos más años tengas en propiedad el inmueble mayor serán los tipos impositivos y coeficientes, por tanto, la plusvalía será mayor. Además, esto es aplicable hasta un máximo de 20 años. Finalmente, cuando tengas estos datos podrás aplicar esta fórmula para saber cuánto se paga de plusvalía al vender una casa: Plusvalía = Coeficiente de Incremento x Nº Años x Valor Catastral x Tipo de Gravamen Y recuerda que si vas a vender una casa, la mejor opción es hacerlo con el acompañamiento de un buen profesional que te guiará en todo este proceso. Esperamos haberte aclarado qué impuestos se pagan al vender una casa y a cuánto ascienden esos pagos.
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